Protocolo Covid 19 Eventos
Inicio vigencia: 07-09-2020
BOCM. Núm. 217 - 07 sep 2020
- Las agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se limita a un número máximo de 10 personas salvo que se trate de convivientes.
- Las celebraciones en salones se reduce al 60 % del aforo respetando la distancia social mínima de 1.5 m entre respaldos de sillas y uso de mascarilla (salvo los casos recogidos por ley).
- No se podrá realizar la actividad de baile.
- El consumo de bebida y comida se hará, exclusivamente, sentado en mesa.
- Es necesario aportar los datos identificativos de los asistentes al evento incluyendo un teléfono de contacto (previo consentimiento / LOPD), y conservar dicha información durante 28 días por si fuera requerida por la autoridad sanitaria y sólo con esta finalidad.
- En establecimientos de hostelería ,los límites de aforo se fijan en :
- 100% en terraza al aire libre
- 75% en interior si es en mesa.
- 50% en barra
- Durante el consumo en barra, se ha de garantizar distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes situados en la barra.
- Las mesas o agrupaciones de mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas.
- La ocupación máxima por mesa será de 10 personas.
- El horario de cierre se determina como máximo, a la 01:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
Nota Informativa al socio: Aforos de los salones del Club Mirasierra
(base para cálculo de aforo permitido según normativa vigente)
- Salón Rociero -60 p.
- Sala Canasta -40 p.
- Sala Bridge -50p.
- Sala Billar -60p